Bases de la convocatoria de subvenciones en rÈgimen de concurrencia competitiva con destino a la realizaciÛn de proyectos de cooperación al desarrollo y solidaridad para el ejercicio 2009.
Objeto.
El Excmo. Ayuntamiento de Calatayud, con arreglo a las presentes bases, subvencionará proyectos o programas de cooperación al desarrollo y solidaridad.
Finalidad.
Las subvenciones tendrán como finalidad ayudar al desarrollo de proyectos de intervención social que, sustentados en el principio de solidaridad, contribuyan al desarrollo y atención de las necesidades básicas de la población de los países del llamado “Tercer Mundo”. A los efectos de esta convocatoria, el fin que se pretende es impulsar, desarrollar y ejecutar acciones de desarrollo local sostenible, sobre los siguientes principios:
- Se considerarán como acciones de desarrollo local sostenible las que estén orientadas a impulsar, desarrollar y ejecutar iniciativas de desarrollo, y atención integral de las necesidades socioeconómicas de la comunidad destinataria (por medio de la ejecución de infraestructuras y equipamientos para la prestación de servicios) en el marco de un planeamiento expreso o de tipo estratégico.
- En todo caso, las acciones o proyectos estarán orientados a contribuir a estrechar las relaciones del Ayuntamiento de Calatayud con las corporaciones locales de los países en vías de desarrollo, a apoyar y contribuir a financiar proyectos o programas de desarrollo local sostenible, a propiciar la participación de los pueblos o comunidades afectadas y a atender a la potenciación de los recursos naturales, humanos y técnicos imprescindibles en cualquier proceso de desarrollo sostenible y de planeamiento estratégico.
- Los proyectos que se presenten a esta convocatoria no podrán contener en su formulación ningún tipo de discriminación y/o exclusión, pudiendo ser sus destinatarios la población en general o bien grupos específicos de la misma con carencias y necesidades.
Beneficiarios.
- Con carácter general pueden presentar proyectos a esta convocatoria tanto los entes y entidades con personalidad jurídica, como las asociaciones legalmente constituidas, todas ellas sin ánimo de lucro. En todo caso las organizaciones, instituciones y asociaciones deberán esta legalmente constituidas y registradas en los correspondientes registros públicos que sean exigibles. Asimismo, podrán presentar proyectos y ser beneficiarios las Administraciones Públicas de los países del llamado Tercer Mundo, siendo preferentes las Administraciones locales, las cuales acreditarán su condición.
- Las entidades solicitantes de las ayudas reguladas mediante esta convocatoria tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
- Tener personalidad jurídica, circunstancia que deberá estar acreditada, y en su caso inscrita en el correspondiente registro. En el caso de asociaciones deberán además, estar inscritas en el registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Calatayud.
- No perseguir fines lucrativos ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas.
- Reflejar en sus estatutos que entre sus fines se encuentra la realización de proyectos orientados a la solidaridad y la cooperación con los países llamados del Tercer Mundo.
- Tener su sede o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Acceso a la convocatoria. Cuando por causas no imputables al beneficiario de la subvención, como la suspensión de actividades objeto de la misma por fuerza mayor u otras causas totalmente ajenas a este, no se realizará la actividad objeto de la subvención, tendrá acceso y podrá presentarse en la siguiente convocatoria anual.
- Denegación de acceso a la convocatoria. A los beneficiarios que se demuestren han actuado de mala, y como causa de ello no realizasen la actividad objeto de la subvención, se les denegará el acceso a la obtención de cualquier subvención, en la siguiente convocatoria anual.
Más información: BOPZ nº 172, del 29 de Julio de 2009
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